Objetivos

1.- Conocer y analizar la normativa establecidas por la ley la ley 20.123 de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios  transitorios y sus disposiciones complementarias.

2.- Conocer y analizar las interpretaciones administrativas de la Dirección del Trabajo  y la Superintendencia de Seguridad Social en materias laboral y de higiene y seguridad, especialmente, los que establecen obligaciones a la empresa principal cuando externaliza faenas o servicios propios de su giro.

3.- Analizar la nueva jurisprudencia relativa al trabajo de régimen de subcontratación, en cuanto a los límites de la empresa principal respecto de los trabajadores subcontratados  y la  procedencia de externalizar su giro propio.

4.- Analizar las normas que debe cumplir las empresas colocadoras de personas, como asimismo, las circunstancias que permiten la contratación de trabajadores temporales, sus derechos y obligaciones, la responsabilidad de la empresa usuaria, permitiendo que las respectivas empresas se adecuen a la nueva regulación jurídica.

Contenido

Trabajo en régimen de subcontratación
  • Qué es trabajo en régimen de subcontratación
  • Responsabilidad solidaria y subsidiaria de la empresa principal
  • Derechos del mandante o contratista: Información y control. Retención y pago
  • Responsabilidad directa del mandante o contratista en materia de higiene y seguridad
  • Análisis de dictámenes de la Dirección del Trabajo
Normativa de Higiene y Seguridad
  • Artículo 66 bis. Obligaciones de empleadores que contraten o subcontraten obras o servicios propios del giro
  • Decreto Supremo Nº76 de 18.01.2007
  • Orden de Servicio Nº8 de 05.04.2007 Dirección del Trabajo
  • Obligaciones en caso de accidentes fatales y graves y fatales
Del Trabajo en empresas de servicios Transitorios
  • Del contrato de puesta a disposición de trabajadores: Requisitos, temporalidad y prohibiciones del suministro.
  • Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios: Requisitos. Transformación en indefinido. Derechos y obligaciones de los trabajadores de servicios temporarios
  • Derechos y obligaciones de la empresa usuaria
  • Facultades de la Dirección del Trabajo
  • Plazo duración del contrato de puesta a disposición de trabajadores con discapacidad
  • Obligación de capacitación de las empresas de servicios temporarios
  • Norma especial de fuero maternal de las trabajadoras de servicios temporales
  • Modificaciones al Código del Trabajo del: Artículo 184. Artículo 477. Artículo 478
  • Análisis de jurisprudencia administrativa

Relator

María Cecilia Sánchez

María Cecilia Sánchez

Abogado de la Universidad Católica de Chile. Profesor titular de la Cátedra de Derecho del Trabajo de la Universidad Católica de Chile.
Coautora de la obra "Nueva Legislación sobre Negociación Colectiva y Organizaciones Sindicales" año 1992.
Se ha desempeñado como Subjefe en el Departamento Jurídico y Directora de la Dirección del Trabajo. Asesora a distintas empresas en materias Laborales.

Información

Fecha de inicio

Martes 11 de enero de 2022

Fecha de Término

Viernes 14 de enero de 2022

Realización

Martes a viernes de 9:00 a 11:00 horas

Duración

8 horas (4 sesiones de 2 horas c/u)

Valores

Socios ICARE $125.000
No Socios $166.000
(15% de descuento por 5 o más inscripciones)

Código Sence

12-38-0251-75

Inscripción

Datos empresa

Datos Facturación Electrónica

Datos de quien realiza la inscripción

Datos del(os) participante(s): (Máximo 10)

1.-

Si quiere inscribir más de 10 personas, puede hacerlo adjuntando un documento con sus datos: nombre completo, cargo, RUT y mail.

Adjuntar listado de inscritos

X

Si su empresa utiliza ORDEN DE COMPRA para la facturación, agradeceremos emitirla según datos siguientes antes del inicio del curso para completar su inscripción:

Razón Social: Capacitación ICARE Ltda.
Rut: 76.619.580-6
Dirección: Apoquindo 3650, Of. 001 – Las Condes
Giro: Capacitación en administración y temas afines

Es responsabilidad de la empresa u OTIC realizar trámite de inscripción Sence con la debida anticipación. Toda anulación deberá realizarse con 48 horas de anticipación a la fecha de inicio de la actividad; en caso contrario se facturará el valor total del curso. Actividad de capacitación autorizadas por el SENCE para los efectos de la franquicia tributaria de capacitación, no conducente al otorgamiento de un título o grado académico.